La
Librería de El Sueño Igualitario
Cazarabet conversa con... Javier Cervera
Gil, autor de "Contra el enemigo
de la República… desde la Ley. Detener, juzgar y encarcelar en guerra"
(Biblioteca Nueva)
El quinto libro del investigador e historiador
Javier Gil Cervera nos llega gracias a la editorial Biblioteca Nueva.
Aquello que nos cuenta la editorial
Biblioteca Nueva:
El estudio de la retaguardia en la Guerra
Civil española es muy relevante porque es un ámbito clave para comprender las razones
de su desenlace final. El golpe de Estado de julio de 1936 provocó el
desmoronamiento del Estado republicano y en la parte de la España leal, el
poder se instaló en la calle lo que generó un período de enorme violencia
política. Esta obra analiza los esfuerzos del Estado republicano por recuperar
el monopolio de esa violencia política en sus tres fases: la detención, el
juicio y la condena. En definitiva, se trata de un estudio definitivo acerca de
los esfuerzos de la República por reconstruir su credibilidad tras su
desmoronamiento en julio de 1936.
Sobre el autor, Javier Gil Cervera:
Doctor en Historia Contemporánea y en
Ciencias de la Información y profesor titular de Historia en la Universidad
Francisco de Vitoria es especialista en Historia de España y de Europa del
siglo XX, y en Historia de la comunicación contemporánea. Ha publicado
numerosos libros sobre estos contenidos, así como artículos de carácter
científico en prestigiosas revistas. Es conferenciante y ponente en congresos
internacionales en España y en el extranjero.
Cazarabet conversa con Javier
Gil Cervera:
-Javier, el Estado Español antes de la II República atravesó algunos años
de verdadera inseguridad pública, casi delirio. ¿Qué nos puedes comentar?
-Hablamos de la época de la Dictadura
y del extraño periodo entre la caída de esta y el 14 de abril de 1931. Se trata
sobre todo de alteraciones del orden público de raíz u origen social. Es cierto
que la primera parte de la Dictadura, hasta 1926, fue un periodo de
desacostumbrada tranquilidad en el orden público si lo comparamos al primer
cuarto de siglo anterior. La Dictadura, en parte por la propia coyuntura
económica europea (los llamados “Felices años veinte”) que mejoró la situación
económica y por ello mejoró la situación social, y, en parte, por el fuerte
control/represión de las autoridades a través de una política “de mano dura”
con respecto al orden público, especialmente por la represión al movimiento
obrero (CNT y PCE), mantuvo cierta paz social (desde luego, una tranquilidad
muy superior a la de los años anteriores). Pero esto no se debió a una
sustancial mejora de la situación de los sectores más desfavorecidos, en
especial, en el campo. Hubo otros factores como, de hecho, que la Dictadura
desmanteló la CNT en los primeros meses del Régimen. Por ello, la tranquilidad
fue producto, más bien del férreo control gubernativo que –no olvidemos- había
suspendido la Constitución y por tanto los derechos que esta reconocía y que
además tenía uno de sus apoyos en los terratenientes e industriales a los
cuales, lógicamente, el régimen “cuidaba”. Por otro lado, la Dictadura por una
serie de circunstancias favorables (sobre todo la coincidencia de intereses con
Francia), mediante la operación de la Bahía de Alhucemas había puesto solución
a la terrible Guerra de Marruecos que, no lo olvidemos, era un conflicto
tremendamente antisocial porque las familias corrientes, especialmente de capas
populares, veían morir a sus hijos en el Norte de África y no entendían por qué
(aparte de que era muy difícil explicar el sentido de aquella guerra). Este
éxito de la Dictadura le trajo a Primo de Rivera mucha popularidad y, por qué
no decirlo, cierto apoyo de esas capas populares que vieron que sus hijos iban
a dejar de ir a la guerra y muchos no volver y contribuyó a cierta pacificación
social. Pero a partir de 1927 la situación del dictador comenzó a deteriorarse
y en buena parte fue también por el conflicto social: el intento de implantar
un modelo de resolución de conflictos sociales parecido al del fascismo italiano, Organización
Corporativa del Trabajo, fue un fracaso. Intentaba constituir una
especie de sindicato que trataba de arbitrar entre patrones y obreros, mediante
los comités paritarios, pero gestionado por el Estado; sin embargo, como patrones
y terratenientes eran uno de los apoyos fundamentales del Régimen estos exigían
condiciones que no eran favorables para trabajadores y campesinos con lo cual
los acuerdos y soluciones no eran ecuánimes ni paritarios, y esas obreros y
campesinos volvían a movilizarse y a alterar el orden público. De hecho, apenas
hubo comités paritarios en el campo porque los terratenientes se negaron. A
ello se unió el impacto del Crack de la bolsa de Nueva York, en 1929. A partir
de ese momento los problemas económicos se extendieron con rapidez y se
incrementó el descontento social y volvió la época de las huelgas y agitación
social que se agregó a la creciente oposición a la Dictadura, incluso de los
sectores políticos que en 1923 la habían apoyado como el PSOE. Tampoco ayudó a
la mejora de la situación la medida de devaluar la peseta. Y, es verdad, que a
partir de 1929 se incrementa la inestabilidad y la inseguridad porque ese
aumento de los sectores opositores a la Dictadura se traduce en movimientos
militares localizados que fracasan, huelgas de trabajadores, protestas de
estudiantes universitarios (se llega a clausurar la Universidad Central y
temporalmente otras)… Como consecuencia de ello, en ese último año de la
Dictadura se incrementa cada vez más el número de detenidos.
Y en enero de 1930 Primo de Rivera dimitió y
se dio paso a un periodo de casi 14 meses de progresivo deterioro de la
situación política y, por ende, también del orden público que añadía a su
componente social el rechazo a la Monarquía y a todo lo que esta representaba
en la idea de que la eliminación de la Monarquía significativa la llegada de
una República que arreglaría todos los problemas sociales. Porque ese último
año largo de la Monarquía prolongó el clima de inestabilidad política y social del
último año de Primo de Rivera con el añadido de una conspiración republicana en
marcha.
-Llega la II República y cómo es entonces, cómo se encuentra el estado de
la seguridad ciudadana y el orden público…
-Como es conocido el 14 de abril es
una jornada de júbilo, pero no olvidemos que fundamentalmente en el medio
urbano, porque es en las ciudades donde se pide y se proclama la República,
porque es en la ciudades donde se encuentran los centros de poder político.
Pero no olvidemos que la España de 1931 es mayoritariamente rural y la inmensa
mayor parte de la población vive y trabaja en el campo y sobre todo como
jornaleros, no propietarios, por tanto. Y en el campo no se proclama la
República porque allí no están esos centros de poder. Pero en el campo sí se
recibe la República con esperanza, como promesa de grandes reformas sociales
que mejoren la injusta realidad campesina. Y el 14 de abril en sí mismo es una
alteración del orden público, pero que no se agravó porque ni el Rey ni sus
partidarios se plantearon enrocarse en el poder a costa de todo. Pero, claro,
la República tenía por delante muchos retos y uno de ellos muy relacionado con
el orden público: acabar con la injusticia social en el campo. Aquella llamada
“República de las ilusiones” de los primeros meses, realmente duró poco. Tanto
porque los sectores conservadores, presumiblemente antirrepublicanos, como por
la izquierda presumiblemente prorrepublicana (aunque
ambas cosas requerirían matizaciones que ahora no ha lugar) reaccionaron y
alteraron la paz y la seguridad. No olvidemos que el 11 de mayo de 1931, antes
de cumplirse el primer mes de la República, se produjeron los gravísimos
ataques a las iglesias y conventos, ante los que el gobierno provisional no
reaccionó con la contundencia debida, precisamente por temor a enrarecer el
clima de violencia. Por otra parte, en la izquierda se exigen cambios y
reformas rápidos y es tal la impaciencia que ya en 1931 encontramos graves
conflictos sociales en Zaragoza, Daroca, Calatayud,
en Aragón, o Bétera en Valencia, y que se repiten en
estas zonas incrementados en 1932 o 1933 y a ellos se añaden en las provincias
de Logroño, León, Orense, Cádiz… Y luego llegaría la Reforma Agraria del
Gobierno Azaña pero fue un fracaso y así lo percibió el campesinado. De esta
manera, esa reforma se volvió contra las intenciones que había albergado: se
prometió que el problema de la injusticia en el campo se solucionaría y cuando
los que iban a beneficiarse de ello constataron que el IRA fracasaba en su
trabajo o su misión, su enfado se incrementó, su desapego o desilusión hacia la
República se incrementó, se recrudecieron los conflictos sociales, reprimidos
con contundencia por la guardia civil lo que, a su vez, generaba en esos
campesinos la sensación de que nada había cambiado con el advenimiento de la
República porque seguían siendo objeto de represión por los mismos, y se
sintieron desengañados y dispuestos a cualquier movimiento insurreccional. La
mayor movilización de estos la encauzaban los anarquistas que eran partidarios
de la acción directa y la revolución social, lo que se traducía en violencia y
consiguiente represión que, a su vez, alimentaba los ánimos insurreccionales.
Por tanto, en ese primer bienio de la República la seguridad y el orden
público, especialmente debido a la movilización del campo, no mejora.
-Durante los primeros años de la II República y hasta el Bienio Negro
¿Cómo se organiza el orden público?
-Por tanto, el Bienio Azañista no conseguiría solucionar el problema de orden
público y, de nuevo por razones de raíz social. Es indudable la voluntad
gubernamental de alcanzar la paz social y dar respuesta a los sectores sociales
que, en la fenecida Monarquía, más habían sufrido injusticia y más se habían
significado en la alteración del orden público, debido a esas penurias que
sufrían.
Así, desde el Ministerio de Trabajo,
el socialista Largo Caballero aprobaba la Ley de Contratos de Trabajo (1931), por la que se
regulaban los convenios colectivos o la Ley de Jurados Mixtos (1931) que intentaba reglamentar de
forma más justa las relaciones laborales y dar más peso a los sindicatos en las
negociaciones y seguridad a los trabajadores. Además Largo Caballero impulsó
los seguros sociales en relación con el retiro obrero y los accidentes de
trabajo. Con todo ello, el gobierno confiaba en que se redujera el número de huelgas y hubiera cierta paz social.
Pero no llegó la paz social y no mejoró el orden público, incluso cabe pensar
que empeoró: Durante el Bienio de la izquierda se incrementaron los paros
laborales y los incidentes violentos que generaban graves alteraciones del
orden público. Entre el inicio y el final de este bienio se multiplicaron casi
por cuatro el número de huelgas y de huelguistas, conflictos laborales que se
incrementan a partir del invierno de 1932-1933 (en la construcción y la
agricultura, especialmente). La consecuencia de ello es la desilusión, la
decepción o la frustración de amplios sectores de la clase obrera que entendía
como escasos los avances en las condiciones de vida. Esto, por su parte,
además, incrementaría esos conflictos laborales y, por consiguiente, el
desorden público.
Y las razones de
ello, como vemos sobre todo de origen social, se debe, en primer lugar a los
efectos de la crisis económica de 1929 que azota con dureza los primeros años
de la República. Esta depresión afectó al sector de la construcción y a la
pequeña industria (en especial vinculada al ladrillo); entre otras cosas se
paralizaron las muchas obras públicas que la Dictadura había puesto en marcha y
que tanto empleo habían proporcionado. Por tanto, en las ciudades creció el
desempleo, muchos volvieron al campo donde creció el empleo de baja
calidad o precario (si es que se conseguía
uno) por efecto del incremento de la mano de obra. Y a pesar de las reformas de
largo Caballero, la inseguridad en el empleo era una realidad. Y como además
las esperadas reformas en el campo no produjeron los efectos positivos
esperados, el Gobierno se encontró con el enfrentamiento de la CNT que se
negaría a utilizar los mecanismos oficiales de conciliación, que para ellos no
era más que una prolongación del corporativismo de la Dictadura de Primo de
Rivera. Por lo cual los anarquistas continuaron con sus movilizaciones, a veces
muy violentas, en el campo, y la frecuente convocatoria de huelgas, muchas
veces por razones puramente políticas.
Y los
gobiernos del Bienio colocaron en los militares el peso principal del control
del orden público. Por consiguiente, la Guardia Civil continuó siendo un cuerpo
militar y era el elemento fundamental en el mantenimiento del orden público en
una España que, no lo olvidemos, era mayoritariamente rural. Y la gente del
campo seguía viendo en la benemérita el instrumento represor del poder. El
único cambio fue, después del Golpe de Sanjurjo, en
agosto de 1932, que se suprimió la Dirección General de la Guardia Civil y la
Benemérita pasó a estar bajo el control del Ministerio de la Gobernación donde
se encuadró la nueva Inspección General del Cuerpo. Lo cual no significó que
cambiara la condición del mando supremo de la guardia civil que continuó siendo
un militar. Pero el Gobierno creó un nuevo cuerpo de seguridad, la Guardia de
asalto en febrero de 1932 con la misión específica de hacer frente a los desórdenes
públicos por medios menos contundentes, menos expeditivos y por tanto que
causaran menos derramamiento de sangre. Es decir, buscar medios de disuasión
distintos al arma de fuego o al sable, únicos instrumentos de la guardia civil
para restablecer el orden público.
La Guardia de Asalto actuaría en el medio urbano, especialmente en
incidentes a veces muy graves (con muertos) derivados de la gran implicación
ideológica o partidaria. En la mayor parte de las ocasiones los protagonistas
eran jóvenes, muchos universitarios, que se enfrentaban en las calles cuando se
encontraban con grupos de ideologías contrarias, casi podríamos decir que
enemigas. No eran extraños tiroteos a la salida de mítines, enfrentamientos en
concentraciones o desfiles de grupos políticos juveniles, disputas callejeras,
movilizaciones estudiantiles…
Pero en el campo el
protagonismo en el mantenimiento del orden público era de la Guardia Civil.
Esto significa que, en el ámbito donde más incendio social había actuaba el
cuerpo más contundente, más duro y, por consiguiente, la acción-reacción era
más fácil. Tal circunstancia se pudo constatar en los sucesos de Castilblanco
de diciembre de 1931 donde al linchamiento de unos guardias civiles se siguió
de otro episodio que parecía más bien una venganza de la benemérita días
después en Zalamea de la Serena. Luego vendrían otros episodios de extrema
violencia entre guardia civil y campesinos jornaleros en localidades de Aragón,
Valencia o la brutal represión de obreros en Arnedo
(La Rioja) cuando la Guardia Civil disparó indiscriminadamente ante una
multitud que protestaba en enero de 1932. Luego vendría la tragedia de Casas
Viejas… Es decir, los métodos de control del orden público no se habían
modernizado o suavizado con la llegada de la República en general, ni con la
llegada de un gobierno de izquierdas en el primer Bienio, en particular. Y esto
supuso una gran decepción para amplios sectores de las capas populares de
España.
-Pero y cuando llega el Bienio Negro… ¿qué cambios imprimen en la “ordenación pública?
-La llegada del Bienio Radical-Cedista (no me parece apropiado desde el rigor histórico el
calificativo de “negro” para un gobierno que alcanzó el poder de la misma forma
legal como el que le antecedió) no iba a cambiar las cosas en el sentido de ser
más comprensivo con las posiciones de reivindicaciones sociales, en forma de
conflicto, de los sectores que, principalmente, alteraban el orden público en
demanda de esa Justicia. Sino más bien al contrario. De hecho, un dato
significativo es que el Consejo de Guerra que al poco de llegar la derecha al
poder, a comienzos de 1934, juzgó al teniente de la Guardia Civil responsable,
por dar la orden de disparar, de la tragedia de Arnedo
absolvió a este oficial del delito de homicidio y lesiones por imprudencia
temeraria por falta de pruebas, al igual que a los guardias civiles a sus
órdenes.
Y ya desde el
comienzo del Bienio se observaba que las cosas no iban a mejorar para esos sectores
más populares. El día que se abrían las nuevas Cortes, el 8 de diciembre de
1933, el Gobernador Civil de Zaragoza cerraba los locales de CNT y ordenaba
desplegar las fuerzas de orden público por la ciudad. La consecuencia fueron
tiroteos y enfrentamientos los días siguientes, y huelgas. Se llegaría a
declarar el estado de guerra en la ciudad maña con lo que intervino el
ejército, los guardias de asalto conducían tranvías y hubo detenciones del
Comité Revolucionario organizado (Durruti entre
ellos). Pero ese movimiento insurreccional (llamado a veces “la Revolución de
Diciembre”) se extendería por Aragón, por La Rioja, puntos de Andalucía,
Cataluña, la cuenca minera leonesa… y la respuesta fue siempre una dura
represión… Y el Gobierno radical cedista aún no había
comenzado a actuar realmente.
Fueron siete
días de movimiento anarquista que causaron cerca de un centenar de muertos, en
su mayoría anarquistas insurrectos, y a ellos se le aplicó la Ley de Orden
Público que había sido aprobada por la izquierda, pero que permitía mucha
dureza en la represión
Y en principio, es probable que Lerroux pretendiera simplemente una rectificación parcial
de las reformas aplicadas por el gobierno de Azaña, pero la CEDA, que era el
partido mayoritario que sostenía ese Gobierno no estaba dispuesto a tolerarlo;
exigía un giro completo de la política del Bienio anterior, y ello fue el
primer motivo de tensión en la coalición gubernamental.
De hecho, esto provocó la primera
crisis de gobierno con la salida de Diego Martínez Barrio, (en desacuerdo con Lerroux por ceder ante la CEDA) y entre los ministerios que
cambiaron fue el de Gobernación donde entró Rafael Salazar Alonso que
incrementó la dureza en las actuaciones de las fuerzas de orden público,
porque el nuevo ministro consideraba que la huelga era un “movimiento
revolucionario” y que la recogida de las cosechas era un asunto de “interés
nacional” por lo que consideraba que debía dar instrucciones para que se
impidiera la actuación de las organizaciones campesinas que trataran de impedir
esa labor agrícola. Por consiguiente cuando se produjeron huelgas o
movilizaciones campesinas en esta etapa, se produjeron probablemente las
mayores represiones por causa de desorden público de toda la República. Los
enfrentamientos entre huelguistas y las fuerzas de orden público fueron muy
graves y causaron numerosos muertos y heridos.
-Una cosa era intentar establecer el mayor grado de orden público en la
calle durante la II República y otra es elaborar leyes para juzgar a las
personas: ¿cómo fueron los principales cambios que experimentaron las leyes que
intentaban paliar la violencia pública?
-La principal es sin duda la Ley de
Orden Público de 1933 que fue aprobada el
28 de julio de 1933 que para sustituir (aunque no la derogó de hecho) la Ley
para la Defensa de la República de 1931 que se consideraba una ley de excepción
para proteger al régimen en sus inicios. El primero que utilizó mucho esta
nueva Ley de OP fue el gobierno de Azaña y era una norma que preveía la
suspensión de las garantías constitucionales
Curiosamente la Ley
la elaboró Oriol Anguera de Sojo por encargo de Azaña
pero quien, después, sería ministro del Gobierno radical-cedista.
La ley copiaba cosas de un anteproyecto de Ley de época de la Dictadura que
preveía los tres tipos de estados de excepción: prevención, alarma y guerra.
Gracias a esta Ley el Gobierno podía suspender las garantías
constitucionales sin contar con las Cortes estableciendo cualquiera de esos
tres tipos de estados graduales.
El de prevención reducía por dos meses la libre circulación de los
ciudadanos, permitía intervenir en las
industrias y comercios para evitar alteraciones de orden público, obligaba a
presentar las publicaciones previamente y preveía vigilancia sobre reuniones y
asociaciones.
Si el estado era de alarma, las autoridades podrían practicar registros de
domicilios, detenciones preventivas, imponer penas de destierro u obligar al
cambio de residencia, prohibir actos públicos o disolver asociaciones que
considerara peligrosas. Suponía un estado de suspensión absoluta de garantías.
Y el estado de guerra, únicamente añadía que los poderes de la autoridad
civil se sometían al mando de la autoridad militar.
El primero que empleó la Ley de OP fue el Gobierno Azaña que ya el 18 de
agosto de 1933 declara el estado de prevención en Sevilla y ello duraría dos
meses.
Pero quienes realmente hicieron uso sistemático de esta Ley fueron los
gobiernos radical-cedistas. De hecho, se puede decir que
el estado de excepción perdió su carácter, porque casi pasó a ser una regla
durante el bienio gobernado por el centro-derecha. La excepción fue, más bien,
cuando no hubo estado de excepción. Y no pocas veces también estuvo declarado
el estado de alarma, e incluso el de Guerra.
Durante los seis meses de gobierno del Frente Popular en 1936 tampoco se
volvió a la normalidad porque el 17 de febrero el Gobierno de Portela Valladares declaró el estado de alarma y cada mes
fue prorrogado por los gobiernos del Frente Popular aunque en su programa
habían prometido el restablecimiento de las garantías constitucionales y la
revisión de la Ley de Orden Público, cosa que no hicieron.
-Porque cuando entró la II República ¿en qué situación judicial se
encontraba todo lo referente a juzgar el orden público?
-Cuando se proclama la República
estaba en vigor la Ley de Orden Público de 1870 que establecía para el caso de
estado de guerra, el juicio por Consejos de Guerra, pero constituidos por
militares, sí, pero también por civiles. Y este esquema lo repitió el
anteproyecto de Ley en la Dictadura de Primo de Rivera en 1929 que no llegó a
aplicarse. La Constitución de la II República preveía en su artículo 105 que se
constituyeran mediante una ley unos “tribunales de urgencia” para hacer
efectivo el derecho de amparo de las garantías individuales, es decir, para
atender el orden público. Pero nunca llegaron a existir esos tribunales. Y
durante los dos primeros años de la II República, los asuntos de orden público
en el plano judicial serían competencia de los tribunales ordinarios. Pero a
los dos años, en julio de 1933, la mencionada Ley de Orden Público recogió que
cuando se estableciera el estado de prevención o el de alarma los delitos
contra el orden público no los juzgarían los tribunales ordinarios sino que se
preveía, ahora sí, la constitución de unos “tribunales de urgencia” y que
integrarían magistrados de la Audiencia y la tramitación de los sumarios sería
rápida. Y en el caso de estado de guerra, las escasas veces que se declaró, los
acusados serían juzgados por duros Consejos de Guerra que estaban integrados
únicamente por militares. En suma, la aplicación de la Justicia en caso de
estado de guerra en la II República era más militarista y con menos garantías
de las que ofrecía la Ley de la Monarquía. Los tribunales de urgencia apenas
funcionaron en la etapa republicana y sus resoluciones podían ser recurridas
ante el Tribunal de Garantías Constitucionales, pero se presentaron muy pocos
recursos. Era manifiesta su ineficacia.
-El Bienio Negro imprimió su propia huella… ¿qué nos puedes comentar?
-(Ya lo he comentado anteriormente) Y
añado: Durante el Bienio Radical-Cedista ni en el
terreno normativo ni el judicial los gobiernos impusieron su huella, aplicaron
lo que ya existía y que procedía de la etapa de gobierno de la izquierda. Su
huella –como ya se ha comentado antes- quedó marcada en la actuación de las
fuerzas de orden público que sí fue mucho más severa, sobre todo por la
actuación del titular de Gobernación, Salazar Alonso.
-Otro punto que investigas en el libro y del que hablas es el del sistema
penitenciario en la II República… ¿cómo era?
-Probablemente el momento en que se
acometieron mayor cantidad de reformas en el sistema penitenciario fue al
comienzo de la II República, porque los nuevos gobernantes de España
consideraban que era un terreno que exigía reformas urgentes. Y la designada
para llevarlo a cabo fue, como primera Directora General de Prisiones, Victoria
Kent. Esta mujer sólo estuvo en dicho cargo hasta junio de 1932 (ni siquiera
completó un año) pero acometió grandes reformas encaminadas la mayoría de ellas
a beneficiar las condiciones de los reos en las cárceles y las condiciones de
trabajo del personal de prisiones. La concepción de Kent sobre el sistema
penitenciario (influenciada sobre el pensamiento correccionalista de Concepción
Arenal) consideraba al delincuente como un enfermo y se concibió la pena
impuesta al preso como un tratamiento que debía corregir su conducta. No
obstante, también es cierto que Victoria Kent se encontró como la principal
dificultad la escasez del presupuesto para acometer las reformas que
proyectaba. Y esta mujer abandonó y después de ella, los ocho directores
generales que ocuparon el cargo hasta julio de 1936 variaron totalmente la
orientación de su predecesora y los
cambios que introdujeron en el sistema penitenciario se centraron en cuestiones
de seguridad o de disciplina en las prisiones y que, no pocas veces, se
orientaba hacia el retorno a una concepción punitivo-segregativa del castigo en
las prisiones. En suma, las condiciones de vida y de encarcelamiento de los
presos cuando llega julio de 1936 habían perdido el efecto, siempre en signo
muy avanzado y en el sentido de mejorar la vida de los internos, de las reformas
hasta junio de 1932 de Victoria Kent. No obstante, si lo comparamos con la
situación de las prisiones en abril de 1931, la II República sí había
contribuido a mejorar la situación de las cárceles, a mejorar las condiciones
en las que los delincuentes cumplían sus penas. No se mantuvieron mucho las
mejoras de Victoria Kent, pero sí dejaron huella y en 1932 no fue posible
regresar a la pésima, lamentable (algunos han calificado como dantesca)
situación de las cárceles antes de abril de 1931.
-¿Cómo se lo encontraron?-Recuerdo que fueron tiempos de mucha
masificación….Coméntanos.
-Cuando se hizo cargo del gobierno el
Frente Popular, las cárceles sí estaban bastante concurridas o masificadas. El
motivo era la represión de los sucesos de octubre de 1934 y, desde antes, las
constantes revueltas anarquistas que ya han sido comentadas en las preguntas
anteriores. La represión de la Revolución de octubre de 1934 implicó el
encarcelamiento de los cabecillas/líderes y militantes activos que se alzaron
en la revolución contra el estado establecido y que, lógicamente, acabaron en
la cárcel. Pero en la campaña electoral previa a las elecciones de febrero del
36 el Frente Popular había hablado de amnistía, con lo cual, una parte de los
encarcelados salieron de las prisiones a partir de marzo de 1936. Ciertamente,
no todos, porque no se fue tan magnánimo con la mayoría de los anarquistas, ya
que muchos no debían su prisión a los sucesos de octubre del 34 sino a
actividades insurreccionales anteriores o, menos, posteriores. Así, en julio de
1936 en las cárceles había bastantes anarquistas, algunos auténticos
delincuentes comunes. Pero ciertamente, en los primeros días de la sublevación,
allí donde fracasaron los rebeldes, muchos de estos presos si no casi todos,
salieron de las cárceles y volvieron a su actividad revolucionaria los primeros
meses de la guerra.
-¿Qué cambios hubiese querido imprimir el Frente Popular en la gestión
del sistema penitenciario del Estado Español y se fueron frustrando…?
-Sinceramente, creo que no le dio
tiempo a hacer nada antes de julio de 1936. La situación de inestabilidad,
violencia social y política y con la conspiración en marcha no facilitaban las
cosas para acometer esos cambios y reformas. Y el Frente Popular se vio
obligado a acometer esas reformas y cambios pero ya en la situación de guerra
después de julio de 1936, que lo primero que provoca es una masificación nunca
experimentada antes de las cárceles y, en virtud de ello, también de edificios
que hubo necesidad de habilitar como prisiones cuando en su origen no lo eran
(colegios de religiosos, conventos…). Por otro lado, la transformación de la
zona leal al gobierno en un ambiente de revolución como consecuencia del golpe
de estado de julio de 1936, como se analiza en el libro, obliga a acometer
principalmente a partir del gobierno de Largo Caballero en septiembre de 1936,
reformas en ese sentido, también en el terreno penitenciario. Y el principal
cambio sería la creación de los Campos de Trabajo como se explica en el libro.
20232
Contra el
enemigo de la República… desde la Ley. Detener, juzgar y encarcelar en guerra. Javier Cervera Gil
240 páginas
13,5 x 21 cms.
16,00 euros
Biblioteca Nueva
Novedoso
estudio sobre la vida y situación en las retaguardias de ambos bandos durante
la Guerra Civil española. El estudio de la retaguardia en la Guerra Civil
española es muy relevante porque es un ámbito clave para comprender las razones
de su desenlace final. El golpe de Estado de julio de 1936 provocó el
desmoronamiento del Estado republicano y en la parte de la España leal, el
poder se instaló en la calle lo que generó un período de enorme violencia
política. Esta obra analiza los esfuerzos del Estado republicano por recuperar
el monopolio de esa violencia política en sus tres fases: la detención, el
juicio y la condena. En definitiva, se trata de un estudio definitivo acerca de
los esfuerzos de la República por reconstruir su credibilidad tras su
desmoronamiento en julio de 1936. Obra de especial interés para todos aquellos interesados
en ahondar y desvelar una vertiente aún desconocida y, por lo tanto, inédita de
nuestra cruenta Guerra.
Introducción y primeras páginas:
http://www.bibliotecanueva.es/admin/links/contra%20el%20enemigo.pdf
Javier Cervera Gil
Doctor en Historia Contemporánea y en Ciencias de la Información y profesor
titular de Historia en la Universidad Francisco de Vitoria es especialista en
Historia de España y de Europa del siglo XX, y en Historia de la comunicación
contemporánea. Ha publicado numerosos libros sobre estos contenidos, así como
artículos de carácter científico en prestigiosas revistas. Es conferenciante y
ponente en congresos internacionales en España y en el extranjero.
Índice
ABREVIATURAS
...........................................................................................
11
INTRODUCCIÓN
............................................................................................
13
AGRADECIMIENTOS .....................................................................................
17
CAPÍTULO 1.—DETENER: EL MARCO LEGAL DE LA VIOLENCIA POLÍTICA ......... 19
1.1. El orden público antes del 18 de julio de 1936 .........................
19
1.2. Desorden y ensayos de control: el orden público tras el fracaso
de la sublevación
................................................................... 23
1.3. Las formas de organización.
...................................................... 29
1.4. Sin gobierno en Madrid: Santiago Carrillo reorganiza la acción
gubernativa
................................................................................
40
1.5. La institucionalización de las milicias
...................................... 51
1.6. La regulación legal de la represión
........................................... 61
1.7. Normalización del orden público desde 1937 .......................... 75
1.7.1. El nuevo Cuerpo de Seguridad ...................................... 77
1.7.2. La República reconstruida recupera el monopolio de la
represión
........................................................................ 92
1.7.3. Modos específi cos
de perseguir a los enemigos de la
República
....................................................................... 103
CAPÍTULO 2.—JUZGAR: DE LA «JUSTICIA DEL PUEBLO» A LA JUSTICIA POPULAR 113
2.1. El organigrama judicial de la Segunda República .................... 113
2.2. La situación de la Justicia ordinaria
......................................... 123
2.3. Una nueva Justicia... de excepción
........................................... 126
2.4. La normalización de esa excepción: la Justicia popular .......... 150
2.5. Más novedad judicial: los Tribunales de Espionaje y Alta Traición
............................................................................................
175
2.6. 1938: las últimas reformas
........................................................ 186
CAPÍTULO 3.—... Y ENCARCELAR: EL SISTEMA PENITENCIARIO DE LA REPÚBLICA
EN GUERRA ......................................................................................
197
3.1. La organización y funcionamiento de las cárceles en la República
...........................................................................................
198
8 ÍNDICE
3.2. La Guerra llega a la cárcel: la masificación y sus circunstancias . 206
3.3. Un intento de «reeducación»: los campos de trabajo ............... 214
3.4. 1938: la inviabilidad de los campos de trabajo .........................
219
EPÍLOGO ....................................................................................................
223
FUENTES
....................................................................................................
233
Fuentes documentales. Archivos .......................................................
233
Fuentes orales
....................................................................................
234
Fuentes hemerográficas
..................................................................... 234
Fuente videográfica ...........................................................................
235
Bibliografía consultada
..................................................................... 235
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